Política de autoarchivo
Las condiciones de cesión de derechos de autoarchivo se estipularán y acordarán en el momento de la firma del contrato de edición por las partes según Ley de Propiedad Intelectual, y se incluirán en el mismo de mutuo acuerdo entre el autor/a o coordinador/a del libro y la editorial. Como norma general, la EUG no autoriza el depósito de la obra integra en repositorios, páginas web personales o similares de cualquier otra versión distinta a la publicada por el editor, mientras el contrato firmado esté en vigor, salvo que se recoja y pacten otras condiciones en el mismo. La EUG sí autoriza al autor a hacer uso del resumen de la obra y de la “prueba de lectura”, que podrá facilitar al autor la editorial, prueba de lectura en la que se incluyen el índice de la obra y páginas preliminares de la misma, con una extensión de no más de veinte páginas.